Alerta Tributaria: No Activar el Buzón Tributario Podría Costarte Caro a Partir de 2026
La Agencia Tributaria ha lanzado un llamado de atención crucial para todos los contribuyentes mexicanos a través de sus canales oficiales, incluyendo la plataforma X (anteriormente Twitter). La advertencia es clara: la inactividad de tu Buzón Tributario y la falta de actualización de tus datos de contacto antes del 1 de enero de 2026 podrían derivar en significativas sanciones monetarias.
La fecha límite ineludible para cumplir con este requisito es el próximo miércoles 31 de diciembre. El organismo fiscal enfatiza que el proceso de activación del buzón y la verificación de la información de contacto es un trámite ágil que te ayudará a evitar complicaciones futuras y costosas penalizaciones.
¿Cuáles son las Consecuencias de Ignorar la Habilitación del Buzón Tributario?
El Buzón Tributario se ha consolidado como el canal de comunicación oficial e indispensable entre el organismo fiscal y los contribuyentes. Su propósito principal es optimizar y agilizar los trámites administrativos, así como garantizar la transmisión segura de información vital. A través de esta herramienta, los usuarios pueden recibir notificaciones, avisos importantes e incluso responder a requerimientos directos de la autoridad tributaria.
No obstante, el incumplimiento de esta disposición puede acarrear sanciones directas, debidamente estipuladas en el Código Fiscal de la Federación. La omisión de activar el Buzón Tributario o de mantener tus datos de contacto vigentes se considera una infracción grave. Las multas asociadas a esta falta varían entre 3,850 y 11,540 pesos, de acuerdo con lo especificado en los artículos 86-C y 86-D del mencionado código fiscal.
¿Quiénes Deben Dar de Alta su Buzón Tributario y Cómo Hacerlo?
En términos generales, todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) tienen la obligación de habilitar su Buzón Tributario o, en su defecto, actualizar sus datos de contacto si ya lo tienen. Existen algunas excepciones específicas:
- Personas físicas que no posean responsabilidades fiscales activas o que tengan sus actividades suspendidas.
- Entidades morales que se encuentren en un proceso de suspensión de actividades.
- Personas físicas cuyos ingresos anuales provenientes de salarios o servicios subordinados no superen los 400,000 pesos.
Por otro lado, es mandatorio para aquellos contribuyentes que realicen trámites específicos, aquellos que hayan emitido o recibido Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) durante el último año, y para las personas físicas que se registren en el RFC, reanuden sus actividades o modifiquen sus datos económicos y obligaciones fiscales para tributar bajo el Régimen Simplificado de Confianza. La fecha límite de 31 de diciembre de 2025 aplica a todos ellos.
Paso a Paso: Guía para Configurar Tu Buzón Tributario
Configurar tu Buzón Tributario es un proceso sencillo que te ahorrará tiempo y posibles multas:
- Visita el portal oficial del SAT en sat.gob.mx y localiza la opción "Buzón Tributario".
- Ingresa a tu cuenta utilizando tu RFC y contraseña, o bien mediante tu e.firma.
- Navega hasta la sección de "Configuración" para registrar o validar tus direcciones de correo electrónico y tu número de teléfono móvil.
- Asegúrate de descargar y conservar el comprobante de registro como respaldo.
- Procede a la verificación de tus datos de contacto. Para el correo electrónico, haz clic en el enlace de confirmación que recibirás en un plazo máximo de 72 horas. Para el número de celular, ingresa el código que se enviará vía SMS en la misma sección de "Configuración".
- Una vez que ambos canales de comunicación hayan sido confirmados satisfactoriamente, tu Buzón Tributario estará oficialmente activado y listo para su uso.
aDB

