Impacto en pensiones de personas entre 30 y 64 años: ¿quiénes perderán hasta .000 en 2026?

Impacto en pensiones de personas entre 30 y 64 años: ¿quiénes perderán hasta $19.000 en 2026?

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Con el inicio del nuevo año, muchos beneficiarios de programas sociales esperan recibir sus pagos correspondientes. Sin embargo, recientes anuncios han generado dudas sobre la continuidad de algunos apoyos, especialmente para aquellos que ya no cumplen con los requisitos. La Pensión para el Bienestar de Personas con Discapacidad Permanente, dirigida a personas de 0 a 64 años, es uno de los programas que ha generado mayor incertidumbre.

Según la Secretaría del Bienestar, este apoyo está destinado a personas con discapacidad permanente, brindando un alivio económico a niños, adolescentes, jóvenes y adultos de ambos sexos, hasta los 64 años, siempre y cuando cuenten con la certificación de discapacidad permanente emitida por una institución de salud oficial.

Para acceder a este apoyo bimestral de $3,200 pesos, los solicitantes deben cumplir con ciertos criterios que determinarán quiénes seguirán recibiendo la pensión y quiénes podrían quedar fuera del padrón en 2026. La Secretaría del Bienestar ha aclarado que, aunque el programa sigue vigente en la mayoría del país, existen razones específicas por las cuales el pago puede ser suspendido o cancelado, incluso para quienes han sido beneficiarios durante mucho tiempo.

La Secretaría del Bienestar enfatiza que esta ayuda económica se entrega cada dos meses y está diseñada para personas que cumplen con requisitos de edad, residencia, salud y validez administrativa. Es crucial mantener estos requisitos actualizados para seguir recibiendo la transferencia de fondos. De lo contrario, podrías perder el beneficio.

¿Quiénes perderán la Pensión para Discapacitados en 2026?


Uno de los principales grupos que dejarán de recibir esta pensión en 2026 son aquellos que cumplan 65 años de edad. Estos beneficiarios automáticamente pasarán a recibir la Pensión para Adultos Mayores, que actualmente asciende a $6,200 pesos bimestrales. También serán excluidos del programa quienes estén registrados como fallecidos, ya sea por notificación de familiares o porque el CURP indique estado de defunción en los registros oficiales.

Otra razón para la baja del padrón es la detección de inconsistencias en los datos personales. Las personas de 30 a 64 años podrían perder la ayuda económica si se encuentran errores, información incompleta o documentación falsa en su expediente, o si la información no está actualizada en los sistemas correspondientes.

Finalmente, aquellos que no hayan recogido su Tarjeta del Bienestar no podrán recibir la pensión, ya que es el único medio de pago. Se recomienda a todos los beneficiarios del programa cumplir con las normas y mantener sus datos actualizados para evitar la suspensión de los pagos.

Guía para Solicitar la Pensión para el Bienestar de Personas con Discapacidad Permanente


La solicitud de la pensión puede realizarse durante los periodos de convocatoria que se abren periódicamente, variando según la región. Actualmente, la pensión está disponible para toda la población con discapacidad en los siguientes estados: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

En el resto del país, incluyendo Aguascalientes, Chihuahua, Coahuila, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro, el programa sigue activo, pero bajo diferentes condiciones: se otorga exclusivamente a personas de 0 a 29 años, o a personas mayores que vivan en comunidades indígenas, afrodescendientes o en zonas con alto o muy alto grado de marginación.

Los documentos necesarios para ser aceptado en el programa son:

  1. Acta de nacimiento.
  2. Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte u otro documento emitido por autoridad competente).
  3. Clave Única de Registro de Población (CURP) actualizada.
  4. Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a seis meses (recibo de agua, luz, predial, teléfono o estado de cuenta bancario).
  5. Certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, expedido por una institución pública de salud (IMSS, ISSSTE o dependencias de salud estatales o federales).

OdL

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