¿Cuándo pagarán la Pensión Bienestar de ,400 a los adultos mayores?

¿Cuándo pagarán la Pensión Bienestar de $6,400 a los adultos mayores?

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Pensión para el Bienestar 2026: Monto, Fechas de Pago y Requisitos del Segundo Desembolso

La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un apoyo fundamental para miles de mexicanos, y tras el primer desembolso de 2026, muchos beneficiarios buscan información sobre el próximo pago y el monto de 6,400 pesos. En este artículo, te presentamos los detalles oficiales de la Secretaría del Bienestar, actualizados para el año 2026.

Desde su implementación en 2018, este programa social ha sido un pilar en el apoyo a la tercera edad. Con la continuidad asegurada bajo la administración actual y los incrementos anuales previstos, los titulares recibirán un monto de 6,400 pesos cada dos meses durante el año 2026.

¿Cuándo se Realizará el Segundo Pago de la Pensión para el Bienestar en Marzo de 2026?

La Secretaría del Bienestar ha confirmado que el segundo pago de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores correspondiente al bimestre de marzo-abril de 2026 se efectuará a partir del mes de marzo.

La dispersión de los 6,400 pesos se llevará a cabo siguiendo un cronograma alfabético, basado en la primera letra del apellido paterno de cada beneficiario. Se recomienda a todos los pensionados estar pendientes de los comunicados oficiales de la Secretaría del Bienestar en los días previos al inicio de marzo para conocer las fechas exactas según su apellido.

Es importante recordar que durante los periodos en los que no haya dispersión de la Pensión para el Bienestar, la Secretaría del Bienestar a menudo abre convocatorias para la afiliación de nuevos derechohabientes. Si cumples con los requisitos y deseas solicitar este subsidio bimestral de 6,400 pesos, te explicamos cómo hacerlo.

Requisitos para Acceder a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores en 2026

Para ser elegible a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, los aspirantes deben cumplir con un requisito principal:

  • Tener 65 años cumplidos o más.

Al abrirse los periodos de inscripción, será necesario acudir a los centros de registro habilitados por la Secretaría del Bienestar con la siguiente documentación en regla:

Documentación Obligatoria para el Registro:

  • Identificación oficial vigente: Puedes presentar tu credencial de elector (INE/IFE), pasaporte, cartilla militar, título profesional o credencial del Inapam.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP): Es indispensable contar con una CURP reciente.
  • Acta de nacimiento: Un documento fundamental para acreditar tu identidad y edad.
  • Comprobante de domicilio: Debe tener una antigüedad no mayor a 6 meses. Aceptan recibos de servicios como teléfono, luz, gas, agua o impuesto predial.

Además de los documentos, los solicitantes a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores deberán proporcionar:

  • Dos números de contacto: uno móvil y uno fijo, para facilitar la comunicación.
  • Registrar a una persona de apoyo: Esta persona te representará en los trámites del programa y podrá realizar el cobro de tus fondos si tú no puedes. La persona de apoyo deberá presentar los mismos requisitos documentales al momento de su registro.

aDB

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